HABEAS DATA

HABEAS DATA
:: ABOGADOS ESPECIALISTAS EN MUCHAS MATERIAS

BÚSQUEDA EN ESTE BLOG

PARA ENVIAR UN ARTÍCULO ESPECÍFICO, busca la opción COMPARTIR en el MENU de tu navegador móvil.

NOTICIAS EN TWITTER !!

RESULTADOS TIEMPO REAL LIGAS FUTBOL ESPAÑOL, ITALIANO, ALEMAN, FRANCES, INGLÉS

CORTE TUMBÓ PENSIONES DE CONGRESISTAS Y MAGISTRADOS DE ALTAS CORTES


Más detalles aqui !!


Así registraron los diferente diarios del pais esta noticia: 


Elespectador.com 

Corte tumbó régimen especial pensional de magistrados y congresistas

 




El alto tribunal fijó el tope máximo en 25 salarios mínimos lo que equivale a 14 millones 608 mil pesos.

-->
Por: Elespectador.com

La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó el régimen especial para magistrados y congresistas establecido en el artículo 17 de la ley cuarta de 1992. (Ver Se vislumbra fin de onerosas pensiones de excongresistas y exmagistrados)
El alto tribunal fijó el tope máximo en 25 salarios mínimos lo que equivale a 14 millones 608 mil pesos. (Ver "Régimen especial de congresistas viola el derecho a la igualdad")
La Sala conformada por siete miembros en la Sala (4 magistrados, 3 conjueces)avaló la ponencia del magistrado Jorge Ignacio Pretelt en la que se tumbaban los límites de las multimillonarias pensiones.
En el debate el conjuez Rodrigo Uprimny, director de De Justicia presentó un impedimento el cual fue avalada en la Sala celebrada el pasado viernes.
El conjuez Luis Fernando Álvarez no votó en la sesión definitiva celebrada de este lunes debido a que no se encuentra en el país. (Ver ¿Fin de altas pensiones de congresistas y magistrados?)
En promedio, actualmente 196 exmagistados y 78 beneficiarios del régimen especial reciben $19 millones, las cuales acaparan al menos el dinero que supliría con la pensión de 3.000 ciudadanos.

CONTEXTO DE LA DISCUSIÓN

En 1993, mediante la Ley 100, se creó un nuevo régimen pensional. Para que aquellas personas que ese año estaban a punto de pensionarse no perdieran los beneficios que habían adquirido, se creó un régimen de transición que cobijaría a las mujeres que el 1º de abril de 1994 tuvieran 35 años o más y a los hombres que, para esa fecha tuvieran 40 años o más.Además, podían ser beneficiarios quienes, aunque no tuvieran esa edad, llevaban 15 años o más cotizando para su pensión.
Mediante tutelas algunos magistrados y congresistas se han subido al bus del régimen de transición y han sido favorecidos sin razón. Algo similar ocurre con la Ley Cuarta de 1992, que les dio varios beneficios pensionales a quienes se pensionaron después de que esta norma entrara en vigor.
Lo que la Corte estudia es si hay excongresistas y exmagistrados que se estén aprovechando de los beneficios de esta ley sin tener derecho a ello. Los cuatro magistrados y el conjuez encargados de esta discusión deberíanesclarecer quiénes son los beneficiarios de estas leyes y quiénes no.
Desde 2010, cuando se implementaron algunas medidas de la reforma pensional de 2005, las pensiones pagadas con dineros públicos no pueden ser superiores a 25 salarios mínimos mensuales. Esa misma reforma puso fin a los regímenes especiales; sin embargo, las personas que para ese momento ya se habían pensionado fueron protegidas y algunas de ellas quedaron conjubilaciones superiores a $20 millones.
Dos abogados, Germán Calderón y Dionisio Araújo, pidieron que se revisaran las normas que permitían que esto ocurriera y que magistrados y congresistas se pensionaran con el promedio de lo devengado en su último año de trabajo y no en los últimos 10, como ocurre con los demás ciudadanos.
El Gobierno, a través de su ministro de Trabajo, Rafael Pardo, le pedió a la Corte Constitucional que le ponga límite a las jubilaciones millonarias, que han generado un hueco fiscal en las arcas de la Nación.
Los miembros de la Corte debían establecer si las pensiones de antes de 2010 deben tener el tope de los 25 salarios mínimos mensuales. La ponencia del magistrado Jorge Pretelt Chaljub, que estudiarán sus compañeros en Sala Plena, apunta en esa dirección.
Jurisprudencia del Consejo de Estado, promovida entre otros por el hoy procurador Alejandro Ordóñez —promotor y beneficiario de estas millonarias pensiones—, ha permitido que conceptos como primas, vacaciones y viáticos a magistrados y congresistas sean incluidos en sus mesadas pensionales, lo que ha hecho que éstas aumenten.
En la Corte Constitucional se ha de debatir si estos rubros deben seguir siendo incluidos en las liquidaciones. O si, en cambio, se debe liquidar con base en los salarios solamente.La controversia que ha generado este tema ha puesto a hablar al procurador Alejandro Ordóñez, a la contralora Sandra Morelli, a magistrados de las altas cortes, a los fondos de pensiones y otros tantos.
Por: Elespectador.com
 
 

................................

"Régimen especial de congresistas viola el derecho a la igualdad"

 

El abogado Germán Calderón España, quien presentó la demanda, indicó que las pensiones de los senadores y representantes afecta el principio de sostenibilidad fiscal.

Por: Elespectador.com
 

Ante la Corte Constitucional el ciudadano demandante Germán Calderón España indicó que el artículo 17 de la ley cuarta de 1992 que estableció el régimen especial pensional para congresistas va en contra de los principios de sostenibilidad fiscal e igualdad por lo cual debe declararse inconstitucional.
En su corta intervención, el demandante manifestó que pese a que en diversas oportunidades el mismo Estado y las altas cortes han indicado que hay una escases de los recursos públicos para hacer una reparación integral de las víctimas existe “un grupo privilegiado” que recibe una mesada pensional superior a la del 99 por ciento de los colombianos.
“45 millones de colombianos deben pensionarse con el salario base de los últimos 10 años laborados, mientras que solamente para 800 congresistas y magistrados su pensión se establece bajo el 75 del último ingreso mensual”, precisó el demandante.
Aclaró además que se está aplicado un trato diferente y especial de los congresistas y los magistrados de las altas cortes frente a la mayoría de los colombianos. “Mientras el país no tiene para indemnizar a víctimas, si tienen para pagar pensiones millonarias. ¿Es esto un trato igualitario?”
Calderón España citó las declaraciones entregadas hace unos meses por las contralora General, Sandra Morelli Rico cuando advirtió que Colombia esta ad portas de una “bomba pensional” al referirse al hecho de estas pensiones privilegiadas que superan el 80 por ciento de las mesadas recibidas.
“Si una persona devenga toda su vida un sueldo de 3 o 4 millones hace aportes de ese salario y recibe una pensión en ese orden. Pero si tuvo la fortuna de trabajar como congresista o en las altas cortes recibe una pensión muy superior a los 17 millones de pesos. Estos subsidios superan el 80 por ciento de la mesada recibida”, explicó.
Ante esto hizo un llamado ante el hecho de que en la actualidad se están entregando más de mil pensiones que superan lo establecido en el artículo 17 de la ley cuarta de 1992 lo cual podría traer consecuencias en las finanzas del Estado en un futuro no muy lejano.
Además manifestó que en los últimos meses se han presentado estudios que indican la necesidad de ahorrar cerca de 3.300 millones de pesos, por lo que estas pensiones especiales afectan dicha necesidad de ahorro.
Por su parte, el ciudadano demandante Dionisio Enrique Araujo aseguró que no se puede dar un trato diferente y especial ya que esto que va en contra de los derechos fundamentales que tienen todos los ciudadanos.
En este sentido consideró que la Corte no puede avalar la violación a los derechos de las clases vulnerables que no cuentan con una pensión pese aque también han trabajado para ganársela y para recibirla.
El demandante fue claro en indicar que no se le puede entregar este beneficio a unas personas que solamente por el hecho de estar en el legislativo y en la posición más alta de la justicia reciben un trato preferencial frente a las clases menos favorecidas.

LA DISCUSIÓN

Por su parte, el magistrado ponente, Jorge Ignacio Pretelt Chajub manifestó en su intervención que debido al impacto y trascendencia de este tema se invitaron a participar en el debate a personas relacionadas con el régimen pensional en Colombia.
En este sentido indicó que durante el debate se han presentado posiciones en pro y en contra sobre el hecho de que los presidentes de las altas cortes y congresistas tengan un régimen especial para recibir su pensión, el cual es establecido de una forma especial y diferente al resto de los colombianos.
El magistrado Pretelt fue claro en señalar que muchas de las posiciones allegadas indican que las pensiones que superen los 25 salarios mínimos legales vigentes “pueden generar un problema de de equidad” hecho por el cual se debe analizar y si es necesario replantear lo establecido en el artículo 17 de la ley cuarta de 1992.
En el marco de la discusión la Corte Constitucional solicitó una serie de estudios técnicos a diferentes organismos estatales y de control sobre las investigaciones que han adelantado sobre el tema de las pensiones en Colombia.
En el presente debate participan cinco miembros de la Sala Plena de la Corte Constitucional, mientras que otros cuattro se declararon impedidos.

“NO SE PUEDE QUITAR EL DERECHO GANADO”

En su intervención, el representante de la Asociación Nacional de parlamentarios pensionado (ANPPE), Oscar Dueñas Ruiz consideró que la Corte Constitucional no le puede quitar a los congresistas y a los magistrados de las altas cortes el derecho a la pensión que se han ganado gracias a su trabajo.
“Esta demanda de inconstitucionalidad es aprovechada por los fanáticos de las privatizaciones que han hechos llegar a los medios de difusión sus argumentos catastróficos”, precisó Dueñas ante la Corte Constitucional.
Para Dueñas este es un derecho adquirido de manera legítima y es un ingreso al patrimonio justificado por lo que pidió que se rechace la demanda interpuesta ante el alto tribunal al indicar que este derecho fundamental no puede ser modificado.
En su argumentación señaló que en los últimos meses se han presentado informes que carecen de verdad sobre los alcances y consecuencias del régimen pensional de congresistas. “Con esa estrategia mediática se infunde odio hacia los pequeños colectivos de abogados”.
Por: Elespectador.com
 
 
....................................
 
 
 
Eltiempo.com

 

Retroactividad en fallo de pensiones ahorraría $50 mil millones al año

 

La cifra fue dada por el Ministro de Hacienda a La W. El tema será definido hoy por la Corte.

Horas después de conocerse que la Corte Constitucional tumbó uno de los privilegios más cuestionados para congresistas y magistrados de las altas Cortes: pensiones por encima de los 25 salarios mínimos, este martes el debate se centra en otro tema no menos polémico: si el fallo va a ser retroactivo.
Es decir, lo que se va a determinar es a partir de cuándo rige la decisión, si los magistrados y los congresistas que ya han obtenido las pensiones millonarias fuera de lo permitido por la ley tienen que devolver el dinero y si , a su vez, a partir de cuándo se les debe bajar su pensión.

Al respecto, el Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, afirmó que la retroactividad podría traer beneficios adicionales para las finanzas del país.
Cárdenas explicó que si la Corte determina revisar las pensiones millonarias desde el 2010 hacia adelante para fijarles el tope de 25 salarios mínimos, “tendremos un ahorro adicional”. “
"Nos ahorraríamos 50 mil millones de pesos al año simplemente bajando las pensiones millonarias desde 2010 hasta la fecha a ese tope”, dijo Cárdenas en diálogo con La W.
El MInistro de Hacienda, además, se mostró satisfecho con la decisión de la Corte Constitucional “no tanto por la plata que se ahorra, sino por la equidad. No podía ser que unos colombianos tuvieran que someterse al tope y otros no”.  (Lea sobre los detalles del fallo de la Corte Constitucional que tumbó las pensiones millonarias)
La discusión sobre la retroactividad de la decisión no estaba en la demanda que interpuso Dionsio Araújo, exdirector de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, y quien interpuso la acción contra el artículo 17 de la Ley 4 de 1992 en dos oportunidades. Esta norma dio vida a un régimen especial que terminó en el 2005, pero que se siguió aplicando en casos de congresistas, magistrados, altos funcionarios de la Fiscalía y la Procuraduría.
Araújo le dijo este martes a ELTIEMPO.COM que el propósito de la demanda se cumplió. “La Corte rompe de tajo el desangre de las pensiones millonarias. El tema de la retroactividad salió en el debate en la Corte Constitucional”, dijo. Araújo agregó que con la decisión “se zanjó una discusión y se respetó la Constitución”.
Con todo, el presidente Juan Manuel Santos saludó este martes la decisión de la Corte: "Decisión de la Corte Constitucional que elimina pensiones gigantes contribuye a nuestro objetivo: hacer de Colombia un país más justo".
El fallo de la Corte
Cuatro magistrados titulares y tres conjueces de la Corte Constitucional enterraron este lunes uno de los privilegios más cuestionados de los que disfrutan excongresistas y exmagistrados: las llamadas ‘megapensiones’, mesadas a cargo del erario que superaban los 20 millones de pesos al mes.
Acogiendo una ponencia del magistrado Jorge Pretelt, la Corte tomó la histórica decisión de ponerles techo a esas jubilaciones: en adelante –y en cumplimiento de una reforma constitucional de hace 8 años que venía siendo desconocida reiteradamente– no habrá pensiones pagadas por la Nación por encima de los 25 salarios mínimos, unos 14,7 millones de pesos.
Los principios constitucionales de equidad y responsabilidad fiscal fueron el eje central de la sentencia, que era esperada hace meses por amplios sectores, incluidos el Gobierno y la Contraloría.
Reacciones de la decisión
Augusto Posada - Presidente de la Cámara
"Considero que el país tiene una gran deuda social y este tipo de fallos envían un mensaje claro, y es que primero debemos acabar la inequidad para poder sostener regímenes especiales. Es un mensaje positivo"
Efraín Cepeda - Presidente del Partido Conservador
"Si la sentencia es retroactiva nos parece grave, porque sería un retroceso en el estado social de derecho, ya que sería desconocer unos derechos adquiridos"
Juan Manuel Galán - Senador del Partido Liberal
"Los regímenes pensionales tienen que responder a un principio de igualdad, pero es importante que respondan también al nivel de años que la persona aportó al sistema y se les reconozca en la liquidación de la pensión. Lo infame es que se use el carrusel para ganarse una lotería con una pensión multimillonaria. Hay que establecer una distinción"
Miguel Gómez - Representante de 'la U'
"Me parece una buena decisión para corregir tantos excesos e inequidades en las pensiones"

Clara López - Presidente del Polo
"Nos sentimos satisfechos, porque abre paso para en Colombia se asiente el principio de igualdad"
REDACCIÓN JUSTICIA, POLÍTICA Y ELTIEMPO.COM


.......................

No hay comentarios:

Publicar un comentario