La Corte Constitucional declaró inconstitucional la Ley 1380/2010 de Insolvencia para personas naturales no comerciantes, por vicios en el trámtie legislativo.
Se vulneró el principio de publicidad en la formación de esta norma, ya que el Congreso fue convocado a sesiones extraordinarias para los días 17 y 18 de diciembre del 2009, sin que se hubiera publicado el decreto correspondiente.
Se vulneró el artículo 160 de la Constitución porque el proyecto de ley no fue anunciado para votación en la sesión del día siguiente.
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