La Corte Suprema de justicia condenó a Jorge Noguera a 25 años de prisión por su responsabilidad en la infiltración del paramilitarismo en el organismo de inteligencia.
Fue hallado responsable de los siguientes delitos:
- Concierto para delinquir : Colaboración y relaciones con paramilitares
- Homicidio : Homicidio del sociólogo Alfredo Correa D'Andreis
- Falsedad por ocultamiento y revelación de secreto : Por haber utilizado su cargo como director del DAS para favorecer presuntamente sus propios intereses, y de por grupos paramilitares y narcotraficantes.
Fue absuelto por el homicidio de otros sindicalistas.
Fue absuelto por el homicidio de otros sindicalistas.
MUY PRONTO PODRÁ DESCARGAR LA SENTENCIA CONDENATORIA CONTRA JORGE NOGUERA
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
COMUNICADO DE PRENSA NO. 040/SALA DE CASACIÓN PENAL
Corte Suprema de Justicia
COMUNICADO DE PRENSA NO. 040/SALA DE CASACIÓN PENAL
Bogotá D.C., 14 de septiembre de 2011.- Mediante decisión la fecha, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, resolvió declarar penalmente responsable al ex Director del Departamento Administrativo de Seguridad –DAS- JORGE AURELIO NOGUERA COTES, como autor de los delitos de concierto para delinquir agravado, autor mediato del homicidio de Alfredo Rafael Francisco Correa De Andreis, autor mediato del ilícito de destrucción, supresión u ocultamiento de documento público y autor de revelación de asunto sometido a secreto.
Como consecuencia de lo anterior, decidió condenarlo a veinticinco (25) años de prisión y multa por valor de 6.510 salarios mínimos legales vigentes para el año 2006, a la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de veinte (20) años y a la pérdida del cargo de Director del Departamento Administrativo de Seguridad -DAS-.
El condenado deberá además, pagar por concepto de indemnización de perjuicios morales, una suma equivalente a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes a la fecha de su pago, a Alfredo Correa Galindo y Eloisa De Andreis de Correa y cien (100) salarios mínimos legales a Raúl Correa De Andreis.
La Sala lo absolvió de los cargos formulados por los homicidios agravados de Zully Codina Pérez y Fernando Pisciotti Vanstrhalen, y del delito de abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto, precisando, que el sentenciado no se hace acreedor a la suspensión condicional de la ejecución de la pena, ni a la prisión domiciliaria.
Los hechos que dieron origen a esta investigación, se circunscriben a la información que en el segundo semestre del año 2005 y primer semestre del año 2006, los medios de comunicación dieron a conocer, de las denuncias que formulaba el ex Jefe de la Oficina de Informática del Departamento Administrativo de Seguridad contra el ex Director del organismo JORGE AURELIO NOGUERA COTES, todas ellas relacionadas con los supuestos vínculos que habría tenido su administración con el Bloque Norte de las Autodefensas, comandado por Rodrigo Tovar Pupo, alias “Jorge 40”, denuncias que daban cuenta de diversas irregularidades cometidas al interior de la institución, dirigidas a favorecer el accionar paramilitar en la zona norte del país.
De otra parte, la Sala ordenó expedir copia ante la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes y el Despacho de la Fiscal General de la Nación respectivamente, del audio donde reposa la audiencia pública de juzgamiento llevada a cabo el 30 de julio de 2011, en la cual el hoy sentenciado formuló denuncia contra el ex Fiscal General de la Nación, Mario Iguarán, y el ex Ministro de Justicia Sabas Pretel de la Vega, por la manera como se tramitó el presente proceso.
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